La nueva receta médica privada incorpora un código de barras

A partir del 21 de enero entrará en vigor el nuevo modelo de receta médica privada (ver pdf adjunto) tanto en soporte papel como electrónico. Esta nueva receta incorpora nuevas medidas de seguridad, como el código de barras, que garantizan su autenticidad, la identidad del prescriptor y su habilitación para el ejercicio profesional.

Con la nueva receta privada se pretende contribuir a mejorar el uso adecuado de los medicamentos, ayudar a simplificar la tarea de los profesionales médicos y farmacéuticos y a reforzar las garantías de los ciudadanos.

El código de verificación electrónica (CVE), asociado al número de receta, permitirá comprobar a qué médico ha sido asignado un determinado talonario, a qué Colegio pertenece el facultativo prescriptor, cuál es su especialidad, qué medicamento y en qué farmacia se ha dispensado.

La implementación del nuevo sistema permite tener la trazabilidad de la receta y, en caso que fuera necesario, anular una receta o un lote por motivos terapéuticos o en casos de pérdida o robo; en definitiva, ofrece el control de la receta y su vigencia, dando un salto de calidad en la prescripción.

Para llevar a cabo este proyecto, se ha desarrollado una plataforma tecnológica que genera un código de verificación electrónica (CVE) único para cada receta a partir de los datos del prescriptor y del número de cada receta. Esta plataforma guarda esta información en una central de datos, donde se puede consultar el estado de la receta y verificar los datos del prescriptor.

El médico, dentista o podólogo prescriptor deberá solicitar el talonario o lote de recetas al colegio al que pertenece, pidiendo un talonario para cada especialidad y para cada centro donde realice su trabajo. En el caso de los médicos que puedan tener más de una especialidad y las ejerza, deberá solicitar las recetas, con cada una de las especialidades correspondientes. Además, deberá indicar la población donde ejerza y, en el caso de que pase consulta en distintas poblaciones o provincias, deberá incluir los datos del domicilio donde pase la consulta.

La solicitud de talonarios o lotes de recetas se harán a través del colegio, en la sede o a través de la página web, y será necesario cumplimentar un formulario con los datos del solicitante (nombre, apellidos, DNI, nº de colegiado, especialidad y dirección del ejercicio profesional).

La receta incluirá, además de los datos del prescriptor, los del paciente (nombre, apellidos, año de nacimiento y nº de DNI, NIE o Pasaporte), datos del medicamento, nº de fármacos por receta (en la receta en papel solo se puede prescribir un solo medicamento y un solo envase) y, en caso de tratarse de estupefacientes, estarán sujetas a la normativa específica actual.

En el caso, por ejemplo, de receta privada de médicos, llevará el logo del colegio de médicos donde este colegiado, el de la OMC, como entidad competente, así como del Consejo Autonómico al que pertenezca el colegio. Y se editará en castellano, catalán, gallego, vasco y valenciano.

La receta quedará bajo la custodia del farmacéutico por un periodo de tres meses y deberá constar de dos partes diferenciadas: la receta en sí y la hoja de información al paciente. Su validez será de diez días, una vez realizada la prescripción.

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